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Libre comercio entre Europa y América

Libre comercio entre Europa y América

Libre comercio entre Europa y América

Precisamente la misma semana en la que Mercosur y la Unión Europea avanzaban hacia un pacto de libre comercio entre ambos mercados, se cumplieron 502 años desde que se regulara el tráfico de correo entre España y el Nuevo Mundo.

Por Real Cédula del 14 de mayo de 1514, firmada por Fernando el Católico, Lorenzo Galíndez de Carvajal es nombrado como Correo Mayor de Indias. Se le concede a perpetuidad a él y sus sucesores, en las mismas condiciones de lo que hoy llamamos “monopolio”. Solo podía despachar correo él o alguien delegado por él, suponiendo una multa de diez mil maravedíes para aquel que incumpliera la norma.

En cuanto a los motivos que llevaron a constituir dicho cargo, vienen dados debido al gran volumen de cartas de Indias a tierra firme que ya existía y que debía ser regulado.

Desde el nombramiento de este primer Correo Mayor de Indias, la organización postal entre España y América se fue desarrollando con la aparición de nuevas órdenes en función de las necesidades que iban surgiendo a nivel político y económico.

Dichas órdenes fueron compiladas en la Reglamentación General de Indias, con la que se pretendía dar solución a los problemas de tramitación y encaminamiento de la correspondencia. Por ejemplo, no se tenía mucha confianza en que las cartas llegaran a su destino, por lo que a veces se enviaban varias veces y por diferentes rutas. Tales problemas, llevan al emperador don Carlos a firmar una orden en 1541 para que la correspondencia con las Indias esté libre de impedimentos.

Con el objetivo de recopilar esta y otras normas dictadas por sucesivos monarcas, se redacta en 1764 el Reglamento Provisional del Correo, con el cual se establece una regulación más exhaustiva y completa del correo.

Ya en 1777, Carlos III emite la Real Ordenanza del Correo Marítimo con la que se crea un auténtico cuerpo de ley. Mediante la misma, se transmite la máxima autoridad de los Correos Marítimos y Terrestres al Superintendente General de Correo y Postas. Esta figura se ocupa de la organización del tráfico marítimo postal y de todos los recursos necesarios para su gestión.

En la Ordenanza, también se especifica los distintivos de los navíos-correo para poder identificarlos si naufragaban o eran hundidos por ataque enemigo. En cualquier caso, los barcos estaban sometidos al reconocimiento de los guardacostas para evitar el abundante contrabando de falsos barcos correo. De hecho, la Real Ordenanza da tal importancia al Correo como servicio público, que se prohibía el uso de otros medios.

Esperemos que las conversaciones mantenidas estos días entre los mercados suramericanos y europeos desemboquen en ese pacto de libre comercio y que éste sea seguro, así como Carlos III liberó y aseguró las comunicaciones por mar entre ambos lados del Atlántico.

Fuente: Reportaje: El primer Correo Mayor de las Indias